Novedades importantes en el nuevo DB-HE de Ahorro de Energía #CTE

Actualización del Documento Básico sobre Ahorro de Energía, en el Código Técnico de la Edificación – Septiembre de 2013

Como muchos ya sabréis, el pasado 12 de Septiembre se publicó en el BOE el nuevo DB-HE de la parte II del CTE. Paso a exponer algunos cambios que he visto y me han resultado de interés general entre los profesionales y compañeros del sector.

Lo primero que se cita es su entrada en vigor obligatoria para las obras de rehabilitación y obra nueva que soliciten licencia de obras dentro de 6 meses en adelante. De aquí a esa fecha, el cumplimiento o no de la presente, lo entiendo como opcional.

HE 0 – Limitación del consumo energético

Aparece este nuevo punto en el Documento: anteriormente las limitaciones se centraban en la demanda a través de su envolvente, pero ahora se introduce un nuevo parámetro: la limitación de consumo energético de fuentes no renovables, en función de la siguiente expresión:

“El valor límite del consumo energético de energía primaria no renovable (para Clima y ACS) será igual al valor base del consumo energético de energía primaria no renovable (va en función de la zona climática, Tabla 2.1), más un factor corrector por superficie partido de la superficie útil”

Cep,lim = Cep,base + Fep,sup / S

Tabla 2-1

 

Esto para los edificios nuevos o ampliaciones, de uso residencial privado.

Para edificios de usos diferentes, la limitación se basa en que su calificación energética debe ser superior o igual a la clase B.

Los factores de conversión de Energía primaria a final, serán los publicados oficialmente; aunque, el documento no cita dónde se hará.

Si en proyecto, no se definen los equipos de clima, se tomarán como referencia los siguientes valores de rendimiento de los equipos:

–          Gas natural: producción de calor 0.9 (rendimiento)

–          Electricidad: producción de frío 2.0 (COP)

Es decir, para el cálculo de la energía primaria, deberemos conocer el consumo de energía final de cada una de las fuentes energéticas de que dispongamos en nuestros edificios. Una vez tenemos estos valores, los pasaremos individualmente a energía primaria, tomando como factores de conversión, por ejemplo:

Valores publicados por IDAE

Por ejemplo:

  1. –          Gasóleo:                                            1,12 Epri/Efin
  2. –          Gas Natural:                                     1,07 Epri/Efin
  3. –          GLP:                                                     1,05 Epri/Efin
  4. –          Electricidad general:                      2,25 Epri/Efin
  5. –          Electricidad sector doméstico:   2,35 Epri/Efin

 

HE 1 – Limitación de la demanda energética

El primer cambio, nos lo encontramos en el ámbito de aplicación: antes, afectaba a nueva construcción o reforma-rehabilitación en edificios de más de 1000 m2 donde se renovase al menos el 25% de los cerramientos.

Ahora desaparecen limitaciones por superficie, y su cumplimiento está obligado en obras de ampliación, reforma (distinta a las de mantenimiento puro y duro) o cambio de uso.

a)      En edificios nuevos o ampliaciones:

Para el cálculo de los límites de la demanda energética, también se introducen cambios. Antes aplicábamos una tabla de valores de transmitancia térmica U, en función del tipo de cerramiento. Pues bien, con la modificación del documento, aparece lo siguiente:

–          Edificios de uso residencial privado: La demanda energética, no debe superar el valor límite Dcal,lim (demanda energética de calefacción), obtenido de sumar el valor base de la demanda (Tabla 2.1) y el factor corrector de la superficie / Superficie útil:

Dcal,lim = Dcal,base + Fcal,sup / S

Tabla deman energ calefacción

La demanda energética de climatización, no debe superar los siguientes valores:

  • 15 kWh/m2.año en zonas climáticas de verano 1, 2 y 3
  • 20 kWh/m2.año en zona climática de verano 4

–          Edificios de otros usos: debemos ahorrar un mínimo de demanda energética conjunta, entre calefacción y refrigeración, con respecto al edificio de referencia. Según:

Porcentaje ahorro demanda

Además, también hay que cumplir unos límites de transmitancia térmica para evitar la descompensación entre valores de unos cerramientos y otros:

Valores transmitancia térmica

 

b)      Intervenciones en edificios existentes:

Aquí las modificaciones no son tan profundas. Básicamente, se pide que las envolventes conserven las prestaciones aislantes del presente documento si en el cambio, aumentamos los valores de transmitancia. Cuando superemos el 25% de reformas en la envolvente, debemos estar por debajo de los valores del edificio de referencia. Y si no llegamos a este %, debemos hacer caso de la tabla 2.3 de transmitancias térmicas.

Verificación y justificación del cumplimiento de la exigencia.

Debemos verificar el cumplimiento de las demandas energéticas citadas hasta el momento, utilizando los datos y solicitaciones que vamos a definir a continuación:

–          Solicitaciones exteriores: acciones del clima sobre el edificio, con efecto sobre su demanda energética. Vienen dadas según un clima de referencia concreto para cada una de las zonas climáticas de nuestro país. Para todo esto, recomiendo consultar el documento completo, ya que no quisiera dejarme algo en el camino.

–          Solicitaciones interiores: cargas térmicas interiores (ocupantes, equipos e iluminación).

–          Condiciones operacionales:  recogidas en los perfiles de uso del apéndice C:

  • Temperaturas de consigna para calefacción y refrigeración
  • Carga interna por ocupación, iluminación y equipos

 

HE 4 – Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria (ACS)

Las diferencias que he encontrado entre la versión anterior y la nueva, son las siguientes:

Se han modificado las tablas de contribución solar, y desaparece la tabla específica para sistemas por efecto Joule. Aquí hemos dado un paso atrás, y las contribuciones son muy similares, pero se reducen en algunos casos.

Los valores de pérdidas por sombras y orientación permanecen iguales.

Las tablas de cálculo de demandas, también han sufrido modificaciones y en algunos casos se reduce el consumo estimado, pero en otros se aumenta. La tabla de cálculo del número de personas por vivienda, en función del nº de dormitorios, también ha variado a la baja.

Aparece además, un factor nuevo llamado de centralización, para edificios plurifamiliares; algo así como un coeficiente reductor por simultaneidad:

Factor de centralización

 

Y, por último, en cuanto a los plantes de mantenimiento, las tablas también permanecen sin cambios a simple vista.

Espero que os sea útil, y agradezco si compartís en redes sociales este post.

Saludos.


 

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8 comentarios en “Novedades importantes en el nuevo DB-HE de Ahorro de Energía #CTE

  1. Marcos dijo:

    Hola. Perdona si has publicado más post sobre el nuevo HE pero no los he encontrado. Estoy metiéndome con la modificación del HE, y tengo una duda.
    Según me han dicho se suprime la opción simplificada, pero esto es sólo para la certificación energética, no? La que se hacía con Excel, y sólo daba calificación D o E.
    Porque en el HE 1, apartado 5, dice que para el cálculo se puede utilizar un modelo térmico (entiendo que la herramienta unificada) o métodos simplificados equivalentes. ¿cuáles serían estos métodos? ¿Hay alguna otra aplicación, o es que se espera que se actualicen, por ejemplo el CERMA, que servía para calcular HE1?
    Gracias de antemano. Saludos

    • Hola Marcos,
      Lo primero gracias por la visita y comentario en el blog.
      Por lo que leo en el apartado 5 que comentas, los métodos simplificados para calcular la demanda térmica pueden ser cualesquiera que cumplan lo expresado más abajo, en el punto 5.1. Ahora, habría que saber si CERMA, CE3X, etc…, cumplen esas características concretas o ya están actualizadas a este nuevo DB HE.
      Más no te puedo contar, porque se escapa de lo yo sé y aún no me he tenido que enfrentar con un proyecto posterior a la entrada en vigor de la actualización.
      Y lo de la herramienta unificada aún no lo tenemos muy claro; nada más que veas que se publicó, luego se retiró,… En España todo es así, indefinición total y apagado de fuegos por las personas que se enfrentan a las novedades con sus proyectos.

      Saludos.

      • Marcos dijo:

        Ok. Gracias por tu respuesta.
        Entiendo entonces que lo único que se suprime es la opción simplificada para la certificación energética, con la que sólo conseguíamos las calificaciones D o E. Y respecto a verificar el cumplimiento del HE, habrá que esperar a ver qué herramientas tenemos.
        ¿Me equivoco? (Lo cierto es que estoy algo liado con todo esto…)
        Un saludo.

  2. Laura dijo:

    Pues no sé si estoy equivocada, pero yo entiendo que se suprime también la opción simplificada de los valores límite de los parámetros característicos medios U y F.
    Ya no viene esa tabla para la justificación de la demanda… Ahora creo que solo se podrá hacer esta comprobación con programas informáticos.

  3. Laura dijo:

    Sí, Alberto, desde luego esto es un lío. Aquí parece que no sabemos hacer las cosas bien, y con cada cambio normativo tenemos unos meses de caos…
    Muchas gracias tu respuesta y por los enlaces. Está bien ir viendo información de gente que ya se está metiendo a fondo con los cálculos.
    Pero insisto en que para el HE1 se suprime la opción simplificada de los parámetros característicos medios. Es decir, se hacen los cálculos con herramientas informáticas, sean o no “simplificadas”, pero necesitamos comprobar un índice global, cosa que difícilmente se puede hacer ya de forma “manual” (habría que complementarlo con otros cálculos más complejos).

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