Cómo evitar fraudes en la revisión del gas

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Las  instalaciones de gas para calefacción y agua caliente, se han convertido en una tónica habitual en nuestras viviendas, desde hace más de 20 años. A día de hoy, y gracias a su polivalencia, aún puede competir de tú a tú contra tecnologías  renovables como la biomasa o la geotermia, debido al mayor grado de confianza que tienen los consumidores de a pie, y a que comprar una caldera de gas es, de inicio, mucho más económico que una bomba de calor o una caldera de biomasa.

Gracias a su implantación (46% de hogares con calefacción,  un 32% del total) en casi un tercio de los hogares españoles, la picaresca lleva atacando al sector desde hace ya muchos años. Sin ir más lejos, estas dos últimas semanas he podido ver en TV más de un reportaje sobre algunas compañías que, presuntamente, engañan a los consumidores haciéndoles falsas revisiones de su caldera, de fugas de gas o aparición de gases nocivos por mala combustión. Se aprovechan de la gente que está completamente desinformada, de personas de avanzada edad o, incluso, de afectados por alguna disminución o minusvalía.

Por ello, me ha parecido interesante hacer un poco de acopio de información, y explicar de la forma más clara posible qué tipos de revisiones existen por ley y cada cuánto tiempo debemos pasarlas.

–          Inspección periódica de las instalaciones

Se refiere a la visita que deben hacer los técnicos de las empresas distribuidoras del combustible gaseoso (gas natural, glp, butano,…), en la que se revisan las canalizaciones que conectan nuestra caldera con la llave de usuario o edificio (contador), lo que es llamado comúnmente, la instalación del gas.

Esta visita se realiza cada 5 años, y es responsabilidad de los usuarios; de ahí que tengamos que pagar por ella. El distribuidor deberá comunicarnos con mínimo 5 días de antelación la fecha de la visita, y su solicitud para que le facilitemos el acceso a la instalación. En caso de ser el resultado favorable, cumplimentarán y nos entregarán un certificado de inspección (modelo disponible en el documento citado abajo). Si por el contrario, detectasen alguna irregularidad, nos entregarán un informe de anomalías, para que nos hagamos cargo de subsanarlas.

Esta información, viene referida en el RD 919/2006, por el que se aprueba el Reglamento técnico de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias; concretamente en la página 27 del siguiente documento.

–          Inspección de mantenimiento preventivo de los equipos

Se refiere a la visita que nos hace una empresa mantenedora para revisar nuestra caldera o calentador. Genera algo de confusión qué empresa nos la debe realizar, ya que es un servicio que nos van a ofrecer desde varios canales:

  • El fabricante de nuestro equipo: lógicamente, como conocedor de la existencia de un equipo de su marca en nuestro domicilio, nos ofrecerá el servicio de mantenimiento que él crea más oportuno.
  • La compañía distribuidora: saben que consumimos gas porque nos lo facturan bimensualmente, por lo que se ponen en contacto con nosotros para ofrecernos el servicio de mantenimiento de los equipos; al igual que hace el fabricante.
  • Otras empresas autorizadas, inscritas en Industria a tal efecto: son empresas independientes de las dos anteriores (podría ser instalaciones “Paco”) y, si están convenientemente registradas y cuentan con personal habilitado, pueden de igual forma realizarnos el mantenimiento de la caldera sin ningún tipo de problema.

La periodicidad de esta revisión es anual, y podemos contratar el servicio con quien nosotros queramos. Habrá quién tendrá predilección por el fabricante, otros por el distribuidor y también a quién le valga más la opinión de su instalador de confianza.

Esto está regulado en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), que fue aprobado mediante el RD 1027/2007 y afecta no sólo a las instalaciones de gas, sino también a las de gasóleo, biomasa o eléctricas. Podéis mirar este enlace, en la página 43, donde comienza la Instrucción Técnica IT 3 sobre el mantenimiento y uso.

La función del RITE es asegurar el funcionamiento de los equipos durante su vida útil con la máxima eficiencia energética, protección al medio ambiente y garantizando la seguridad. De hecho, fue esta regulación la que introdujo el Certificado Energético de los Edificios (de nueva construcción) que tan en liza está ahora dentro de nuestras fronteras.

Me gustaría completar la información con el enlace a un par de publicaciones institucionales, enfocadas a informar al ciudadano en estos temas:

o   Instalaciones de gas, derechos y obligaciones del usuario (Gobierno de Cantabria)

o   Gas, con responsabilidad y seguridad (tríptico de la Junta de Castilla y León)

Espero que la información haya sido de vuestro interés, y os haya ayudado a solventar las dudas al respecto de vuestras instalaciones.


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Ayudas a la rehabilitación energética del sector residencial

Acaba de publicarse el día 1 de Octubre en el BOE, la convocatoria del programa de ayudas, para la Rehabilitación Energética de los edificios existentes del sector residencial (vivienda y hotelero), y me ha parecido bien echarle un vistazo y exponeros de forma resumida lo que a mí más me ha llamado la atención.

Esta convocatoria de ayuda es distinta de la que se publicó en el RD 233/2013, de fomento de la regeneración, rehabilitación y renovación urbanas; y por lo tanto, son incompatibles entre sí.

Las tipologías de las actuaciones objeto de las ayudas son las siguientes:

  1. Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica
  2. Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.
  3. Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.
  4. Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

El presupuesto total asciende a 125 millones de euros, repartido a partes iguales entre las cuatro tipologías que se citan arriba. En caso de agotarse el de uno de los puntos, la dirección general de IDAE estudiará traspasar fondos a los puntos que lo necesiten.

Las actuaciones objeto de la ayuda, denominadas «elegibles», deben mejorar al menos en una letra la calificación energética global del edificio, con respecto a la calificación inicial. Deben ser realizadas a la totalidad del edificio, no a viviendas individualmente. Se incluyen los honorarios técnicos por proyectos, certificados energéticos, dirección de obras y las unidades de obra de equipos y obra civil auxiliares para su instalación.

Para el caso de sustitución de generadores térmicos, deben ser de al menos 100 kW de potencia, sumados entre frío y calor.

Las ayudas pueden ser en forma dineraria sin contraprestación, o en forma de crédito reembolsable con las siguientes condiciones: TAE 0,00%, amortización a máximo 12 años, y garantía, aval o seguro de caución por el 20% del importe de la ayuda.

Una de las obligaciones de los beneficiarios: “Instalar y mantener un cartel perfectamente visible y legible en el que conste claramente el título del proyecto y la leyenda siguiente: Proyecto realizado con ayudas de IDAE, acogido al Programa para la rehabilitación energética de edificios existentes del sector residencial (uso vivienda y hotelero)», e incluyendo el logo de IDAE. El diseño gráfico del cartel y soportes de difusión que se realicen cumplirá con los requisitos que establezca el IDAE y que estarán disponibles en la dirección de internet del IDAE (www.idae.es)”. La publicidad que no falte, claro.

También hay que acreditar que se está al corriente del pago de las obligaciones tributarias y con la seguridad social.

Plazo de presentación de solicitudes: desde ya, hasta el 30 de Octubre de 2015. Pero no debemos esperar porque seguro que se agota mucho antes.

Hacia la mitad del documento, encontramos el anexo I, sobre las actuaciones elegibles y la cuantía de las ayudas.

En el caso de las mejoras en la envolvente, la entrega dineraria podrá ser de hasta el 30% del coste “elegible” de la actuación (las partes subvencionables), con un máximo de 3.000 € por vivienda. Para el préstamo reembolsable, las cuantías pueden ser de el doble: 60% y 6.000 €.

En el caso de las mejoras de la eficiencia de las instalaciones térmicas y eléctricas: tenemos varios casos.

  • 3. C1: reforma de salas de calderas con sustitución de equipos por otros de alta eficiencia.
  • S1, S2 y S3: sustitución de energía convencional por solar térmica para: calefacción, climatización y ACS, y para climatizar piscinas, respectivamente.
  • M1: Sistemas de contabilización de consumos, en instalaciones térmicas centralizadas, que cuenten con un sistema de distribución por columnas.
  • C2: todas aquellas actuaciones que permitan mejorar la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, por ejemplo: aerotermia, enfriamiento gratuito o recuperadores de calor, sistemas de control y regulación de equipos…
  • ILU: aquellas que permitan mejorar la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación: luminarias, sistemas de control y monitorización, etc…

Se concederán ayudas en forma de préstamo reembolsable de hasta el 90% de las actuaciones elegibles, con un máximo de 6.000 €/vivienda.

Subvención tipo 2

Para las actuaciones que conllevan la sustitución del sistema tradicional por uno de biomasa, consideramos elegibles las que incluyan intercambio humos/agua, dentro de las instalaciones de calefacción, ACS, climatización y piscinas. Además, contarán con el sistema de teleseguimiento PRETEL, conectado a IDAE, para poder verificar su correcto uso.

Las cuantías podrán ser de hasta el 50% en forma de crédito reembolsable, llegando al 90%, si se demuestra el impacto socioecómico de la medida (aconsejo ver el documento).

Para la instalación de sistemas geotérmicos, también se pide la conexión al sistema PRETEL citado anteriormente. Además, se deben cumplir los requisitos que expone el documento reconocido por el RITE: “Guía técnica de diseño de sistemas de intercambio geotérmico de circuito cerrado» publicada por el IDAE”

En este caso, el préstamo reembolsable puede llegar al 90% de la actuación, calculando la cuantía según las fórmulas presentes en el documento.

Esto es todo lo resumible que me ha parecido interesante para los compañeros y agentes del sector en el que me incluyo. Al final del todo, en los sucesivos anexos, vienen los modelos de solicitudes, declaraciones responsables, etc… necesarios para realizar el proceso convenientemente.

A los que hayáis llegado hasta aquí, gracias por la lectura.

*Imagen de portada obtenida en http://www.itemur.com


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Calefacción individual alternativa ¿?¿?

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Llevamos ya unos días un amiguete y yo, pensando en cómo encontrarle solución a un problema peliagudo con la calefacción de su casa.

Para que os podáis hacer a la idea de la situación actual, os pongo en antecedentes. Se trata de un bloque de viviendas de reciente construcción, dotado de una caldera centralizada de gasóleo que está provista de contadores individuales en cada uno de los pisos. Actualmente no llegan a la mitad de vecinos viviendo, pero hace un par de años, por el impago de algunos de ellos se iniciaron los problemas: El tanque común se viene llenando con el dinero de la comunidad de vecinos y, si la gente deja de pagar sus recibos, los que quieren calentarse necesitan poner cada vez más y más dinero, aún a sabiendas de que algún moroso tiene el termostato de su casa a 25 grados para andar cómodamente en calzoncillos. Añadir también que el promotor anda en Concurso de Acreedores y, por supuesto, adeuda bastante dinero de las cuotas de comunidad.

Todo esto anda en juzgados, papeles, etc… (no entro porque tampoco lo conozco al detalle), pero lo que sabemos es que a los vecinos que no pagan, no se les puede cerrar la llave de abastecimiento de la calefacción sin incumplir la ley actual. Y en el supuesto de que esta gente ya no «tire» de la bondad de sus vecinos, si quedan 3 ó 4 usando la instalación centralizada, los gastos de mantener caliente sólo el agua de los circuitos (está regulado para tener el agua caliente nada más abrir el grifo) supone unas cantidades muy grandes en comparación con el disfrute de la calefacción.

Por tanto buscamos: solución individual para tener calefacción individual en casa y olvidarse de problemas que le quitan a uno hasta el sueño. Voy a enumerar algunas soluciones que se me han ocurrido hasta el momento, dejando a parte la viabilidad económica de cada una de ellas.

1. Caldera individual de gasóleo: habría que añadirle un depósito de combustible individual (60-100 litros) y conectar con la actual red de radiadores existente en casa. El único problema es la chimenea de la caldera y los permisos para sacarla a fachada. Si alguien tiene aportaciones y/o comentarios, se agradecen encarecidamente.

2. Caldera de gas: En el pueblo no hay suministro de gas canalizado, por lo que hemos descartado esta opción.

3. Caldera de biomasa: aunque aún no lo hemos comprobado insitu, me da en la nariz que no habría espacio suficiente en la cocina o en el tendedero. Pasa lo mismo que con el gasóleo, tema de chimeneas de expulsión, normativas municipales, exigencias técnicas de los equipos y molestias a otros vecinos.

4. Estufa de biomasa: no sería mala idea instalar una estufa decorativa de pellets en el salón, puesto que hay espacio y el piso es recogido; pero tiene el mismo inconveniente que hemos comentado antes: la salida de humos del equipo. Hemos oído que un vecino ya la ha instalado en su casa, conectándola a la chimenea para la campana que hay en la cocina. A día de hoy, desconozco si esto es legal y no entrañará problemas futuros porque, lo más común, es que el tubo existente sea de PVC (ando estudiando fichas técnicas de fabricantes de este tipo de equipos, y cualquier ayuda es buena). Pero, ¿será capaz de mantener la temperatura óptima en casa igual que una calefacción? Si alguien tiene  nformación o propuestas sobre equipos que van conectados a la red de radiadores existentes, le ruego que contacte con nosotros.

5. Chimeneas de bioetanol: Aquí un ejemplo – Con 3 kw de potencia, no tienen potencia suficiente para un piso, además de que a 0,4 l/h de consumo (3 €/litro aproximadamente), no parece muy rentable económicamente. Son meramente decorativas o de apoyo en días extremadamente fríos.

6. Emisores eléctricos de Calor verde: Después de investigar sobre su funcionamiento, y aunque su consumo no parece grande, no le veo utilidad como sistema autónomo. Habría que probarlo en directo porque lo que se vende en la información que circula por ahí, se aleja de la realidad física de la energía (en mi humilde opinión y me puedo equivocar, lógicamente).
7. Que ponga una bici estática y le de caña toda la tarde, no le va a gastar apenas nada, y seguro que frío no pasa en todo el invierno!

Agradezco alternativas realistas, es un caso real y, si necesitáis más información, poneros en contacto conmigo por correo electrónico. Tenéis mis datos de contacto en la pestaña correspondiente del blog.

Para los profesionales que pudieran estar interesados, se trata de un bloque de viviendas en una localidad del alfoz de la ciudad de Segovia.

Muchas gracias de antemano y espero vuestros comentarios aquí abajo.


 

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